El Tribunal Supremo Electoral (TSE) no acepta la amonestación escrita que se le impuso por retardar sin justificación la inscripción de un partido político. Ese organismo electoral demandó al Tribunal de Ética Gubernamental por supuestos abusos de sus atribuciones, con la esperanza de anular la sanción.
“Se ha excedido en mecanismos que la ley no le faculta al dar esa resolución; no sobre el contenido, no sobre el fondo, sino en las formas en las cuáles ha procedido”, dice el presidente del TSE, Walter Araujo, al justificar la demanda de amparo que presentó ante la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema Justicia, instancia que ya realiza trámites para resolver el litigio.
La manzana de la discordia es una resolución del 21 de mayo de 2008, que establece que los magistrados del TSE han violado la prohibición ética de retardar sin motivo legal los trámites o la prestación de servicios administrativos. Los funcionarios tardaron 74 días para resolver la solicitud de actividades de proselitismo que presentó el Partido Social Demócrata (en formación), el paso previo para la recolección de firmas y su posterior inscripción.
El artículo 152 del Código Electoral establece que si un partido político ya tiene su acta constitutiva (voluntad de por lo menos 100 ciudadanos capaces para ejercer el sufragio), “a más tardar 15 días después” el tribunal autorizará las actividades de proselitismo a los solicitantes. Ese partido en formación presentó su solicitud el 21 de agosto de 2001 y no hubo respuesta. Reiteraron su petición en septiembre, luego en octubre y tampoco hubo respuesta. Fue hasta el 6 de noviembre que el TSE declaró “no ha lugar a la solicitud formulada”.
Condena y respuesta
Después de la sanción, los magistrados del TSE pidieron —el 27 de mayo— una revisión del caso por una “interpretación indebida” del Código Electoral. El Tribunal de Ética, empero, confirmó la amonestación. Incluso ahora, ya con la demanda ante el máximo tribunal de justicia, la presidenta Lizette Kuri de Mendoza sostiene la irregularidad.
“Estimamos que se había retardado sin motivos legales los trámites en ese caso concreto. Se incumplió un deber ético”. Y en seguida se defiende de la demanda: “Nuestra resolución está apegada a derecho”.
Araujo reconoce que los partidos tienen el derecho a que se les conteste. Sin embargo, pide considerar que “las circunstancias operativas de un ente colegiado no permiten tomar las resoluciones con la agilidad que se puede demandar porque es parte de la misma forma en que se configura el Código Electoral”.
La piedra en el camino, dicen los magistrados electorales, es una sentencia de la Sala de lo Constitucional que data del 25 de abril de 2006. En esa fecha, la CSJ declaró ilegal el artículo 159 del Código Electoral, el cual establecía que para la inscripción de un partido se necesitaba el 3% del total de votos emitidos en la última elección presidencial. “Existe una indeterminación legislativa que imposibilita conocer y resolver sobre el proceso de constitución e inscripción de un partido político.”
Para superar ese vacío se necesita que la Asamblea Legislativa emita un nuevo decreto. Pero lejos de persuadir al Tribunal de Ética, el TSE solo consiguió otro reproche: “No previeron oportunamente las implicaciones de la sentencia”.
Esa es una de las razones por las cuales el TSE considera que el Tribunal de Ética incurrió en un exceso de interpretación de las normas electorales. “La máxima autoridad en materia electoral es el Tribunal Supremo Electoral”, refuerza Araujo.
Los abogados del funcionario también objetan que sea la Asamblea Legislativa la que imponga la sanción. El artículo 22 de la Ley de Ética Gubernamental establece que los infractores serán sancionados por la institución a la que pertenecen. Sin embargo, la amonestación está dirigida contra los máximos representantes del TSE; la institución que dirige Kuri de Mendoza estima que los magistrados son electos por los diputados y, por tanto, ellos deben ejecutar la sanción.
Pero el TSE sostiene que aceptar esa premisa es romper la legalidad porque se interpretaría que son parte de la Asamblea Legislativa. “El tribunal va luchar por hacer valer su derecho”, dice Araujo. “Esperaremos lo que la Sala resuelva”, responde Kuri de Mendoza. El pleito apenas inicia.